Publicado
por “Madurez activa”
Primavera
2014. Publicación 24
Diez
consejos para luchar contra el maltrato a las personas mayores
1.
El Código Penal
hace leve referencia a las personas mayores, pero el castigo al abuso y
maltrato está diluido. Es el Art. 544 del Código Penal el que regula la que se
conoce como la Orden de Protección a las víctimas de violencia doméstica, y a
las que se pueden acoger las personas mayores que no estén asociadas a
Discapacidad.
2.
Como primer paso
para regular el maltrato a personas mayores, se ha creado una Mesa Estatal,
liderada por HelpAge España para solicitar una Convención Internacional por los
Derechos de las Personas Mayores (informaciónen página 23). Mientras se
aprueba, se recomienda acudir a la Convención Internacional
de los Derechos de las Personas con Discapacidad cuando se trate de maltrato a
personas mayores con discapacidad.
3.
Utilizar los
teléfonos del maltrato a personas mayores que existen en las Comunidades
Autónomas, gratuitos y anónimos. Son servicios públicos accesibles al ciudadano
que atienden las 24 horas al día. En caso de dudas, el Gobierno de España lo
centraliza a través del Imserso, con un teléfono de información: 901 109 899
4.
Es el maltrato
Psicológico el más extendido, porque se trata del más difícil de detectar y
sobre todo el más complejo de demostrar ante la Ley. En estos casos, se
aconseja la sensibilización familiar, ya que es la educación de la familia la
mejor herramienta para prevenir este tipo de maltrato, incluso más que en las
leyes.
5.
El más peligroso de
los maltratos es “la soledad”, cuando ésta lleva al “aislamiento”, por lo que
deteriora a la persona psicológica y físicamente. Se aconseja las denominadas “estrategias
de afrontamiento” de la soledad, cuya clave principal es la distribución y
percepción del tiempo.
6.
Se reivindica el
papel que pueden desempeñar las asociaciones de personas mayores en este
asunto, desde las pequeñas a las grandes organizaciones. Se aconseja que redacten
pautas para su propia protección y las eleven a las instituciones políticas,
tal y como se hizo con la
“Discapacidad”. Ahora es el momento oportuno.
7.
Se recomienda el
buen uso de los medios de comunicación, con conocimiento y estrategias. Son herramientas
primordiales para la sensibilización social y, hasta ahora, no se han utilizado
correctamente porque se ofrecen datos sesgados y puntuales. Las mismas personas
mayores tienen que aprender a ser “fuentes” informativas, tanto individualmente
como a través de sus instituciones, y contar las noticias con voz propia y
correctamente.
8.
Para evitar el
maltrato, el juez Illana aconseja que las personas mayores eviten realizar una
cuenta bancaria mancomunada –y menos con un familiar–. Del mismo modo, nos
insta a que las herencias no se hagan en vida. Los dos supuestos deben ir
adecuadamente en testamentos para evitar abusos (los más comunes
desgraciadamente).
9.
Cuando existe un
caso de maltrato, se puede acudir a la Policía Nacional
y Local, Guardia Civil, Servicios Sociales e instituciones administrativas para
su denuncia, mucho antes que a la Fiscalía. Estas instituciones tienen que tener
formularios y formación para atender a las víctimas; están obligadas, porque es
donde se “debe” denunciar.
10. Estar informado es un derecho, y cuando se niega, es un
maltrato. Se advierte a las personas mayores que su integración en la
información es fundamental, a través de las TIC, de la comunidad, de los centros
sociales. Se trata de una cuestión de empoderamiento, de estudiar y de
interesarse en su propio beneficio
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